A diferencia de una empresa comercial ordinaria, una empresa de seguridad (vigilancia privada, escoltas, monitoreo de alarmas) está sujeta a:
"La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios de vigilancia y protección de bienes, establecimientos, espectáculos, certámenes o convenciones; la escolta y protección de personas determinadas; el transporte de valores y cualquier otra actividad lícita conexa con la seguridad privada..." 3. Capital Social y Accionistas
Fianzas de fiel cumplimiento y pólizas de seguro de responsabilidad civil. A diferencia de una empresa comercial ordinaria, una
QUINTA: EJERCICIO ECONÓMICO Y RESERVA LEGAL. El ejercicio económico comenzará el 1° de enero y terminará el 31 de diciembre de cada año. Dentro de los tres meses siguientes, la Junta Directiva convocará a la Asamblea Ordinaria de Accionistas para aprobar los estados financieros. Anualmente se destinará al menos el 5% de las utilidades líquidas para formar la reserva legal, hasta alcanzar el 10% del capital social.
y demás personas que se encuentran presentes, con el objeto de constituir una sociedad mercantil que se denominará . El ejercicio económico comenzará el 1° de enero
Los accionistas declaran que aceptan íntegramente las disposiciones de esta Acta, del Código de Comercio, de la Ley de Seguridad Privada, del Código Orgánico Tributario, y demás normas aplicables. Se someten a los tribunales competentes de la circunscripción judicial del domicilio de la empresa.
La compañía se denominará [NOMBRE DE LA EMPRESA], C.A. y demás personas que se encuentran presentes, con
[Ej. 3 años] , pudiendo ser reelectos.
, [Nombre del Socio 1], venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-, de este domicilio, y [Nombre del Socio 2], venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-, de este domicilio, hemos convenido en constituir como en efecto constituimos, una Compañía Anónima , la cual se regirá por las cláusulas siguientes redactadas con la amplitud necesaria para que sirvan de Acta Constitutiva y Estatutos, de conformidad con el Código de Comercio de Venezuela : CAPÍTULO I: DEL NOMBRE, DOMICILIO, OBJETO Y DURACIÓN
La compañía se disolverá por las causales establecidas en la Ley y su liquidación se realizará conforme a lo previsto en sus estatutos y el Código de Comercio.